Registro de marca

< Regresar al home
Diseño de Isabel Marant y su parecido con una obra oaxaqueña

Diseño de Isabel Marant y su parecido con una obra oaxaqueña

Compartir en:

abril 22 2022

En noviembre del 2015, la diseñadora francesa Isabel Marant mostró su colección Etöile, dentro de la cual se podía apreciar un blusón que a primera vista, tenía cierto parentesco con patrones de prendas de origen indígena.

La ahora senadora por MORENA, Susana Harp, publicó en su cuenta de Twitter que la blusa de Marant era una imitación casi exacta de una blusa típica de la comunidad indígena de Tlahuitoltepec, Oaxaca. La blusa de Marant se vendía en plataformas de lujo online como Net-a-Porter por $295 dólares.

Medios internacionales como The Guardian publicaron el plagio, y entrevistas con las mujeres integrantes de la comunidad indígena oaxaqueña, quienes vendían la misma blusa por aproximadamente $500.00 pesos y aseguraron que estaban buscando todas las herramientas que pudieran encontrar para iniciar un proceso legal en contra de la francesa.

El caso atrajo atención internacional acusando a Marant de apropiación cultural. Sin embargo, no se tomó acción legal alguna. Marant removió la blusa del mercado y comentó que la blusa era un “homenaje” inspirado en la rica cultura mexicana.

La falta de acción legal por parte del gobierno propició múltiples casos similares en años siguientes. Sin embargo, el primero de julio de 2020, entró en vigor una reforma integral a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) con el objetivo de proteger los diseños artesanales de las culturas indígenas ante el plagio.

El objetivo fue modificar, en particular, al artículo 159, el cual antes de la reforma establecía que el uso de las obras literarias, artísticas, de arte popular o artesanal provenientes de pueblos indígenas pertenecía al dominio público – de uso libre – siempre y cuando se hiciera mención de la comunidad de la que es propia. El precepto se modificó para establecer que se permitirá el uso de dichas obras en los términos del Título VI de la LFDA, en esencia, con aprobación expresa de la comunidad propietaria.

Asimismo, se presentó ante el Senado de la República el proyecto de ley llamado Ley De Salvaguardia De Los Conocimientos, Cultura e Identidad De Los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos (LSCI), el cual fue aprobado por unanimidad por el Senado.

Dicha ley regularía el plagio y la “apropiación cultural” por medio de licencias contractuales, ya que de acuerdo al artículo 2° de la CPEUM, los pueblos indígenas gozan de autonomía y libre determinación. Por ello, sería inconstitucional y arbitrario condenar el plagio sin permitir a los pueblos indígenas elegir el permitir el uso de sus diseños a cualquier tercero.

En ese sentido, la LSCI obligaría a cualquier tercero, nacional o extranjero que plasme en cualquier artículo un diseño artesanal proveniente de un pueblo indígena mexicano, a contar con una licencia de uso firmada por el líder o representante del respectivo pueblo.

A pesar de que el proyecto de la LSCI se encuentra detenido, las reformas a la LFDA se encuentran en pleno vigor, y mientras no son tan específicas como la LSCI, establecen claramente que solamente se permitirá el plagio de diseños indígenas con la autorización de la comunidad originaria.

Lamentablemente, las reformas a la LFDA no han sido suficientes, ya que aun posteriormente a la entrada en vigor de las mismas, los plagios a los diseños indígenas continúan.

En De Hoyos Koloffon® reconocemos el valor intangible en la industria de la moda, por eso, como despacho de propiedad intelectual, te ayudaremos a saber cuáles son las distintas herramientas para proteger tu marca.

¡Acércate a nosotros!