Registro de marca

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La vigilancia de marcas (Watch Notice) y el sistema de oposición en México

La vigilancia de marcas (Watch Notice) y el sistema de oposición en México

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abril 27 2021

En México, como en el extranjero, un registro de marca le confiere a su titular la exclusividad en el uso de un signo que la autoridad (en el caso nacional, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial “IMPI”) ha estimado que cumple la función fundamental de distinguir productos o servicios frente a otros de su misma especie.

El mantenimiento de un registro de marca se lleva a cabo utilizando dicho signo para amparar los productos o servicios protegidos, celebrando los convenios de licencia que sean necesarios o presentando una declaración de uso, o una renovación, en los plazos previstos por la legislación aplicable. Asimismo, una manera de asegurar el mantenimiento de un registro de marca es vigilando de que no sean registradas por la autoridad marcas de terceros que pudieran invadir la esfera de protección de la marca registrada.

Por ello, desde el 30 de agosto de 2016, entró en vigor en México el sistema de oposición de marcas, mediante el cual los titulares que estimen una vulneración a sus derechos marcarios, pueden presentar ante el IMPI las razones por las cuales una solicitud de marca de un tercero debe ser rechazada por ser un signo «no registrable».

Si bien en sus inicios el sistema de oposición no gozó de la eficacia esperada, a partir de las reformas que entraron en vigor el 10 de agosto de 2018 dicho sistema se robusteció con el reconocimiento de la necesidad de presentar y desahogar pruebas, así como con la integración de una brevísima etapa de alegatos.

Con la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que normará la práctica doméstica en materia de marcas a partir del 5 de noviembre de este año, el sistema de oposición confirma su posicionamiento como una fase integral del estudio que habrá de realizar el IMPI en cada nueva solicitud de registro de marca y su ejercicio por titulares que estimen afectados sus derechos es más que nunca una vía que no sólo permite coadyuvar con la autoridad para evitar el otorgamiento de marcas que adolecen de un carácter «no registrable», sino que se confirma como una herramienta ágil, y sobre todo preventiva, toda vez que, en términos de tiempo y costo, suele ser recomendable pugnar por el no registro de un signo cuando está siendo estudiado por el IMPI, antes que pretender anularlo (o caducarlo) cuando el IMPI ya ha decidido sobre su registrabilidad.

De conformidad con el artículo 221 de la mencionada nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, los titulares que estimen vulnerados sus derechos por una nueva solicitud de registro de marca, pueden presentar la oposición correspondiente dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación en la Gaceta oficial del IMPI. Una de las innovaciones particulares que presenta el nuevo ordenamiento, es que en una sola comunicación oficial, el IMPI informará al solicitante de las oposiciones, requisitos de forma o impedimentos de fondo que tengan que ser atendidos por el solicitante, en el plazo inicial de dos meses (prorrogable por otro idéntico periodo), para continuar con el trámite de registro.

En virtud de lo anterior, nuestra firma pone a su disposición el servicio de Watch Notice. Mediante el cual realizaremos una vigilancia diaria de las solicitudes de terceros que estén iniciando su trámite de registro y que hayan sido publicadas en la Gaceta del IMPI, buscando identificar aquellos signos que pudieran menoscabar los derechos de exclusividad de sus marcas y analizando la conveniencia de presentar una oposición en contra de la nueva solicitud.

Si desea recibir más información sobre este u otros servicios vinculados al mantenimiento de sus marcas, no dude en escribirnos. Será un placer para nosotros el seguir protegiendo sus activos de propiedad industrial, tanto en México como en el extranjero.