Como es necesario para llevar un orden, un registro de marca no se realiza sólo siguiendo los procedimientos legales exigidos en cada país; hay requisitos sobre los tipos de productos que se rigen por acuerdos internacionales.
Anteriormente, en diferentes artículos, explicamos cómo se hace un registro de marca, con nuestra guía completa para registrar una marca, e incluso planteamos los procedimientos necesarios para contar con un registro de marca internacional.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI), los abogados marcarios y la Ley Federal de Protección a la Propiedad industrial tienen, cada uno, su papel y su importancia en el proceso, pero hay más: los registros se realizan según lo establecido en el Acuerdo de Niza y el sistema de clasificación internacional.
El Acuerdo de Niza es un documento firmado en 1957 por los países que suscribieron en 1883 la llamada “Unión de París”, destinada a la protección de la propiedad intelectual y entre cuyos integrantes originales figuran México, Estados Unidos, Chile, Argentina, Uruguay, Panamá, Perú, Costa Rica, Ecuador y Colombia.
En el Acuerdo de Niza está incluido el Sistema internacional de Clasificación para Marcas Registradas, que tiene como fin servir a la clasificación ordenada de productos y servicios. Hasta 2013, la lista de categorías o clases en las que podía ser registrado un producto bajo un nombre de marca era revisada cada 5 años y se publicaba una nueva edición; desde 2013 esto sucede cada año.
Además de los países que firman el convenio, el Acuerdo de Niza es obligatorio para:
En el documento titulado Acuerdo de Niza quedan recogidas las diferentes categorías o clases en las que se puede clasificar un producto con el fin de proceder a un registro de marca.
En total, hay 45 clases diferentes, que son consideradas por los diferentes países y organizaciones miembro al momento de otorgar protección a una marca, como ocurre en México con las marcas famosas y las marcas notoriamente conocidas.
Sobre las clases de productos y servicios existentes para ejecutar registros de marca, a continuación, presentamos la lista vigente del Acuerdo de Niza, con 11 clases destinadas a servicios y 34 referidas a productos, que permite proteger legalmente el uso de los signos distintivos de una marca registrada:
Incluye productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía; la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; composiciones para la extinción de incendios y la prevención de incendios; preparaciones para templar y soldar metales; sustancias para curtir cuero y pieles de animales; adhesivos y pegamentos para uso industrial; masillas y otras materias de relleno en pasta; compost, abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas para la industria y con usos relacionados al área de la ciencia.
Contempla pinturas, barnices, lacas; productos contra óxido y herrumbre y el deterioro de la madera; colorantes, tintes; tintas de imprenta, tintas de marcado y tintas de grabado; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para la pintura, la decoración, la imprenta y trabajos artísticos.
Destinada a productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar.
Se incluyen aceites y grasas de uso industrial, ceras; lubricantes; composiciones para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles y material de alumbrado; velas y mechas destinadas a la iluminación.
Destinada a artículos relacionados con la salud, concentra productos farmacéuticos, preparaciones de uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios con usos médicos; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o con fines en veterinaria, alimentos para bebés; suplementos alimenticios de consumo humano o animal; emplastos, material para apósitos; materiales para empastes e impresiones dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas y herbicidas.
Metales comunes y aleaciones derivadas de estos minerales, minerales metalíferos; materiales de construcción y edificación metálicos; construcciones transportables metálicas; cables e hilos metálicos sin fines eléctricos; artículos de ferretería metálicos pequeños; recipientes metálicos para almacenamiento y transporte; cajas de seguridad.
Máquinas, herramientas y herramientas mecánicas; motores no utilizados para vehículos terrestres; acoplamientos y elementos de transmisión que no se utilizarán en vehículos terrestres; instrumentos agrícolas que no sean herramientas de mano pero funcionan manualmente; incubadoras de huevos; distribuidores automáticos.
Herramientas e instrumentos de mano que funcionan manualmente; artículos de cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; máquinas para afeitar.
Aparatos e instrumentos científicos, aparatos para investigación, instrumentos de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, para pesaje y medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, salvamento y enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o consumo de electricidad; aparatos e instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o telecargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; computadoras y dispositivos periféricos para computadoras; trajes de buceo, máscaras de buceo, tapones de oídos para buceo, pinzas nasales para submarinistas y nadadores, guantes de buceo, aparatos de respiración para la natación subacuática y extintores.
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material para suturar; dispositivos terapéuticos y de asistencia para personas discapacitadas; aparatos para masajes; dispositivos y artículos de puericultura; aparatos, dispositivos y artículos para actividades sexuales.
Aparatos e instalaciones de alumbrado, calefacción, enfriamiento, producción de vapor, cocción, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias.
Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática.
Armas de fuego; municiones y proyectiles; explosivos; fuegos artificiales.
Metales preciosos y sus aleaciones; artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos.
Instrumentos musicales; atriles para partituras y soportes para instrumentos musicales; batutas.
Papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta.
Caucho, látex, goma, amianto y mica en bruto o semielaborados, así como sucedáneos de estos materiales; materias plásticas y resinas en forma extrudida utilizadas en procesos de fabricación; materiales para calafatear, estopar y aislar; tubos flexibles no metálicos.
Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; artículos de equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fuetes, arneses; collares, correas y ropa para animales.
Materiales de construcción no metálicos; tuberías rígidas no metálicas para construcción; asfalto, pez, alquitrán y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos.
Muebles, espejos, marcos; contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte; hueso, cuerno, ballena o nácar, en bruto o semielaborados; conchas; espuma de mar; ámbar amarillo.
Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; utensilios de cocina y vajilla, excepto tenedores, cuchillos y cucharas; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricación de cepillos; material de limpieza; vidrio en bruto o semielaborado, excepto vidrio de construcción; artículos de cristalería, porcelana y cerámica.
Cuerdas y cordeles; redes; carpas y lonas; toldos de materias textiles o sintéticas; velas de navegación; sacos para transportar y almacenar mercancías a granel; materiales de acolchado y relleno, excepto papel, cartón, caucho o materias plásticas; materias textiles fibrosas en bruto y sus sucedáneos.
Hilos e hilados para uso textil.
Tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas.
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.
Encajes, cordones y bordados; cintas y lazos de mercería; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales; adornos para el cabello y cabello postizo.
Alfombras, esteras, linóleo y otros revestimientos de suelo; tapices murales que no sean de materias textiles.
Juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte; adornos para árboles de Navidad.
Alimentos, incluidos carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio.
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo.
Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta.
Cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones sin alcohol para elaborar bebidas.
Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas.
Tabaco y sucedáneos del tabaco; cigarrillos y puros; cigarrillos electrónicos y vaporizadores bucales para fumadores; artículos para fumadores; cerillas.
Incluye servicios de publicidad; gestión de negocios comerciales y administración comercial; trabajos de oficina.
Servicios de seguros; operaciones financieras y monetarias; negocios inmobiliarios.
Servicios de construcción, reparación e instalación.
Telecomunicaciones.
Servicios de transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes.
Servicios para tratamiento de materiales.
Servicios de educación y formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.
Servicios científicos y tecnológicos, de investigación y diseño conexos; análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y software.
Restaurantes; hospedaje temporal.
Servicios médicos y veterinarios; tratamientos para la higiene y belleza, para personas o animales; agricultura, horticultura y silvicultura.
Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes materiales y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales.
En De Hoyos Koloffon nos especializamos en derechos de autor y registro de marca para ofrecerte las herramientas y asesoría necesarias con el fin de que tus ideas e iniciativas comerciales tengan la mejor protección posible y puedas garantizar su avance. Comunícate con nosotros y solicita una cotización si necesitas nuestro apoyo.